Legitimidad de los estados de excepción, a la luz de los instrumentos de derechos humanos

  • Daniel O'Donnell Instituto Interamericano de San José de Costa Rica
    Asesor especial del Instituto Interamericano de San José de Costa Rica
Palabras clave: derechos humanos, estados de excepción, limitaciones, ONU, CIDH

Resumen

Este trabajo trata de las limitaciones que el Gobierno está autorizado legalmente a hacer en relación a la vigencia de los derechos humanos y constitucionales dentro de los estados de excepción y, en concreto, trata los casos de guerra, amenazas internas y el principio de estricta necesidad. En cada uno de ellos, el autor discute detalladamente la casuística y los términos posibles de definición, desarrollando extensas explicaciones sobre la jurisprudencia europea, del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana. Mención especial cabe, al caso Lawless, al caso de Grecia y al de Irlanda versus el Reino Unido de los organismos europeos; y al Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre Chile del sistema de las Naciones Unidas.

Referencias bibliográficas

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1975). Protección de los derechos humanos en Chile (Informe del Consejo Económico y Social, Doc. A/10285).

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1976). Informe del Comité de Derechos Humanos (Doc. A/31/331).

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1980). Informe del Comité de Derechos Humanos (Doc. A/35/522).

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1981). Informe del Comité de Derechos Humanos (Doc. A/36/40).

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1982). Informe del Comité de Derechos Humanos (Doc. A/37/40).

CEDH. Caso Lawless. Fallo de 14 de noviembre de 1960. Serie B, 1960-61.

CEDH. Caso De Becker. Fallo de 27 de marzo de 1962. Serie A, 1960-68.

CEDH. Caso Griego. Fallo de 05 de noviembre de 1969.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1979). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Haití (OEA/Ser.L/V/II.46, doc.66, rev.1).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1980a). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Argentina (OEA/Ser. L/V/II.49, doc.19).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1980b). La Convención Americana sobre Derechos Humanos. Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1980c). Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 1979-1980 (OEA/Ser.L/V/II.50, doc.13, rev.1).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1981a). Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Bolivia (OEA/Ser.L/V/II.53, doc.6, rev.2).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1981b). Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Colombia (OEA/Ser.L/V/II.53, doc.22).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1981c). Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Nicaragua (OEA/Ser.L/V/II.53, doc.25).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1981d). Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 1980-1981, (OEA/Ser.L/V/II.54, doc.9, rev.1).

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1982). Diez años de actividades, 1971-1981. Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos.

Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, 03 de septiembre, 1953.

Convenio V de la Haya relativo a los derechos y a los deberes de las potencias y de las personas neutrales en caso de guerra terrestre, 26 de enero, 1910.

Convenios de Ginebra, 21 de octubre de 1950.

Hartman, J. (1981). Derogation from Human Rights Treaties in Public Emergencies: A critique of implementation by the European Commission and Court of Human Rights Committee of the United Nations. Harvard International Law Journal, 22(1), 1-52.

Henkin, L. (1981). The International Bill of Rights: The Covenant on Civil and Political Rights. Columbia University Press

International Commission of Jurists. (1983). States of emergency: their impact on human rights.

Marks, S. (1978). La notion de Period d’exception en Matiere de Droits de l’Homme. En K. Vasak (Ed.), Les Dimensions Internationales des Droits de l’Homme: manuel destiné a l’enseignement des droits de l’homme dans les universités (pp. 197-232). UNESCO.

Martins, D. (1963). Estudio Preliminar del Estado de Sitio y la Protección de los Derechos Humanos en los Estados Americanos (Doc. OEA/Ser. L/V/II.8 N° 6). Organización de los Estados Americanos.

Montealegre, H. (1979). La seguridad del Estado y los Derechos Humanos. Edición Academia de Humanismo Cristiano.

Norris, R. y Desio, P. (1980). The suspension of Guarantees: A comparative analysis of the American Convention of Human Rights and the Constitutions of the States Parties. The American University Law Review, 30(1), 189-223.

O’Donnell, D. (1980-1982). Informes del Comité de Derechos Humanos de los años 1979 a 1982. Revista de la Comisión Internacional de Juristas, (25)(28).

Oficina Internacional del Trabajo. (1957). Código internacional del trabajo 1955.

Oficina Internacional del Trabajo. (1976). La libertad sindical: recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT (2.ª ed.).

Organización de los Estados Americanos. (1969). Actas y Documentos de la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (OEA/Ser.K/XVI/1.2).

Organización Internacional del Trabajo. (1977). Convenios y Recomendaciones Internacionales de Trabajo.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 16 de diciembre, 1966.

Pictet, J. (1952). Commentary on the Geneva Conventions of 12 august 1949. CICR.

Questiaux, N. (1982). Étude sur les conséquences pour les droits de l’homme des développements récents concernant les situations dites d’État de siège ou d’exception (U.N. Doc. E/CN. 4/Sub.2/1982/15). United Nations. Economic and Social Council.

Rowe, L. y Scott, J. (1938). Conferencias Internacionales Americanas 1889-1936. Dotación Carnegie Para la Paz Internacional.

Secretariado Internacional de Juristas por la Amnistía en Uruguay (SIJAU). (1981). Coloquio sobre la Política de Institucionalización del Estado de Excepción y su rechazo por el pueblo uruguayo.

Sentencia 332/57. (1961, 01 de julio). Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Caso Lawless [TEDH-1].

Sentencia 214/56. (1962, 27 de marzo). Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Caso De Becker [TEDH-2].

Sentencia 5310/71. (1978, 18 de enero). Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Caso Irlanda contra el Reino Unido [TEDH-19].

United Nations General Assembly. (1955). Draft International Covenants on Human Rights (Doc. A/2929).

Whiteman, M. (1968). Digest of International Law (Tomo XI). U.S. Department of State.

Descargas

El artículo aún no registra descargas.
Cómo citar
O’Donnell, D. (1984). Legitimidad de los estados de excepción, a la luz de los instrumentos de derechos humanos. Derecho PUCP, (38), 165-231. https://doi.org/10.18800/derechopucp.198401.006