“Subjetivando la objetividad”: A propósito de la determinación de las infracciones aduaneras

  • Julio Guadalupe Báscones Universidad de Lima

    Abogado por la Universidad de Lima. Miembro de Número de la Academia Internacional de Derecho Aduanero. Socio de
    Rodrigo, Elías & Medrano

  • Enrique Vargas Ginocchio Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
    Abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas.
Palabras clave: Derecho Aduanero, Infracción, Ius Puniendi, Principio de Culpabilidad, Ley del Procedimiento Administrativo General

Resumen

El presente artículo aborda la temática referida al poder sancionador del Estado, el cual es ejercido en dos ámbitos (penal y administrativo) derivados de una única potestad (ius puniendi) que le permite reprimir conductas consideradas nocivas para el desarrollo de la sociedad. Asimismo, se analiza la Ley del Procedimiento Administrativo General donde se ha establecido con claridad que en todo procedimiento administrativo sancionador se deben aplicar los principios básicos que tutelan los derechos de los administrados. De esta forma, se deberá aplicar el principio de culpabilidad, principios de causalidad, presunción de inocencia, entre otros, para juzgar las infracciones aduaneras.

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Cómo citar
Guadalupe Báscones, J., & Vargas Ginocchio, E. (2015). “Subjetivando la objetividad”: A propósito de la determinación de las infracciones aduaneras. IUS ET VERITAS, 24(51), 248-259. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/15661