Las Obras por Administración Directa y por encargo: ¿Solución o problema? ¿Hay que restringirlas?

  • Juan Carlos Morón Urbina Universidad San Martín de Porres

    Abogado por la Universidad San Martín de Porres. Magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor de diversos cursos de derecho administrativo a nivel de pregrado y Maestrías en las Facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, de San Martin de Porres y la Universidad de Piura. Directivo de la Asociación Peruana de Derecho Administrativo. Miembro de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional y de la Sociedad Peruana de Derecho de la Construcción. Miembro del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo y de la
    Asociación Internacional de Derecho Administrativo - AIDA (2016). Socio del Estudio Echecopar Asociado a Baker & Mckenzie International. Correo electrónico: juancarlos.moron@bakermckenzie.com

Palabras clave: Bienes, Servicios, Obras, Autoprovisión, Administración Directa, Recursos, Entidades

Resumen

El autor realiza un análisis de la facultad que tienen, bajo ciertos supuestos, las entidades públicas para atender sus propias necesidades de bienes, servicios y obras sin necesidad de contratar con privados, sino recurriendo a la autoprovisión. El estudio realizado abarca las condiciones en las cuales las entidades pueden optar por esta alternativa, los límites que existen para ello y las consecuencias que traen para la eficacia de la gestión de la entidad. Además, el autor propone consideraciones que debería adoptar la legislación en la materia para un mayor control y verificación de las condiciones de eficacia.

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Cómo citar
Morón Urbina, J. C. (2016). Las Obras por Administración Directa y por encargo: ¿Solución o problema? ¿Hay que restringirlas?. IUS ET VERITAS, 24(53), 246-260. https://doi.org/10.18800/iusteveritas.201701.014