Efecto Peltzman al estilo peruano: el derecho y la economía de los llamados a revisión de productos defectuosos

  • Gustavo Rodríguez García Rodríguez García Consultoría Especializada

    Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster por la Universidad Austral de Argentina. Doctorando en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Católica de Argentina. Summer Scholar por The Coase-Sandor Institute for Law & Economics de la Escuela de Leyes de la Universidad de Chicago. Ha participado en el Annenberg-Oxford Media Policy Institute en la Universidad de Oxford, en el Fashion Law BootCamp en la Universidad de Fordham en New York y en la Summer Academy del World Trade Institute en Suiza. Profesor de la Maestría en Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia de la PUCP. Presidente de la segunda Comisión Permanente de Ética del Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria (CONAR). Correo: grodriguez@ rodriguezgarcia.pe 

  • Mariana García Miró Basadre CPB Abogados

    Bachiller en Derecho por la Universidad del Pacífico. Diplomado en Hacking Marketing por el Instituto Peruano de Publicidad (IPP). Programa de Especialización en Comercio Electrónico y Marketing Digital por la Cámara Peruana de Comercio Electrónico (CAPECE).

Palabras clave: Efecto Peltzman, Derecho y Economía, Consumidor, Consecuencias no pretendidas, Análisis Económico del Derecho

Resumen

El sistema legal plantea dramáticos ejemplos de consecuencias no pretendidas y, en particular, el sistema de protección al consumidor. En el presente trabajo, los autores analizan los incentivos perversos que un pobre diseño de las reglas sobre llamados a revisión de productos defectuosos puede generar. Así, una genuina preocupación por las consecuencias aconseja introducir modificaciones orientadas a lograr el bienestar del consumidor.

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Cómo citar
Rodríguez García, G., & García Miró Basadre, M. (2020). Efecto Peltzman al estilo peruano: el derecho y la economía de los llamados a revisión de productos defectuosos. IUS ET VERITAS, (60), 134-144. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202001.006