El uso de armas nucleares bajo examen: ¿Es legal su uso en situaciones de conflicto armado?

  • Alessandra Enrico Headrington Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) con estudios en la Escuela de Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid. Es Magíster en Derechos Humanos de la PUCP. Ha trabajado en la Comisión Especial para los Refugiados del Perú y más recientemente como asociada legal de ACNUR Perú. Actualmente es docente en la Facultad de Derecho de la PUCP, especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Refugiados.
    Correo electrónico: alessandra.enrico@pucp.edu.pe.

Palabras clave: Derecho Internacional Humanitario, Normas consuetudinarias del DIH, Convenios de Ginebra, Principio de humanidad, Armas nucleares, Tratados, No proliferación, Hiroshima, Nagasaki, Necesidad militar

Resumen

El cuestionamiento sobre el ensayo y/o uso de armas nucleares en conflictos armados y las consecuencias ya advertidas en los ataques a Hiroshima y Nagasaki han puesto de manifiesto no solo las trágicas secuelas personales, medioambientales y materiales que estas tuvieron principalmente en quienes no toman parte en las hostilidades. Por ello, la discusión sobre su uso como medio de conflicto armado, resulta una discusión vigente que puede evitar trágicos desenlaces como los mostrados durante la segunda guerra mundial. De ahí la importancia de analizar que su potencial uso devendría en ilícito por contravenir un conjunto de normas en el Derecho Internacional, pero particularmente en el Derecho Internacional Humanitario.
En esa medida, es posible discutir su utilización en contextos en donde se evalúa la legalidad del uso de la fuerza (ius ad bellum), como en situaciones de conflictos armados (ius in bello). En el presente artículo se abordará exclusivamente este último punto, y se analizarán las consecuencias jurídicas a la luz del Derecho Internacional Humanitario y tratados específicos sobre la materia. De igual manera, esta investigación plantea la realización de un examen más específico sobre tres principios clave durante la conducción de hostilidades: la distinción, proporcionalidad y necesidad militar, que permiten dilucidar -de manera técnica y objetiva- si su utilización puede o no ser lícita para atacar a la parte adversaria.
La conclusión, se adelanta, es negativa, el ensayo y/o uso de armas nucleares y la tendencia hacia la no proliferación, el desarme y prohibición son mandatos -a la fecha- injustificables desde una perspectiva jurídica. Y su contravención no solo deviene en una violación grave al Derecho Internacional Humanitario, sino que eventualmente podría conllevar a la determinación de responsabilidad penal individual para quienes ordenen y/o ejecuten ataques con armas prohibidas cuyos efectos sean indiscriminados como el que genera un arma nuclear.

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Cómo citar
Enrico Headrington, A. (2021). El uso de armas nucleares bajo examen: ¿Es legal su uso en situaciones de conflicto armado?. IUS ET VERITAS, (63), 121-134. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202102.006