La Protección al Consumidor en las Estructuras Negociales Contemporáneas: a Propósito de la Conexidad Contractual en los Contratos de Consumo

  • Sandra A. Frustagli Universidad Nacional de Rosario

    Investigadora de la Carrera del Investigador Científico de la Universidad Nacional de Rosario (Santa Fe, Argentina). Profesora Asociada de Derecho de los Contratos y de Derecho del Consumidor en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.
    Correo electrónico: sandraanalia.f@hotmail.com.

Palabras clave: Contrato de consumo, Principio protectorio, Contratos conexos, Eficacia relativa, Acciones directas, Propagación de ineficacias

Resumen

El trabajo analiza las consecuencias jurídicas de la conexidad contractual en los contratos de consumo desde la perspectiva del ordenamiento jurídico argentino. Se toma en consideración que el Código Civil y Comercial dispone un régimen normativo propio para el contrato de consumo como categoría negocial diferente del contrato paritario. Sin embargo, dado que las normas que rigen la conexidad contractual se ubican metodológicamente dentro de la teoría general del contrato, la aplicación de ese régimen a los contratos de consumo conexos debe hacerse a la luz del principio pro consumidor, de jerarquía constitucional (artículo 42 de la Constitución Nacional), a fin de garantizar el derecho fundamental a la protección de sus intereses económicos. Esto conduce a reconocer un régimen de acciones en favor del consumidor que resulta más amplio que el emergente de los artículos 1073 a 1075 del Código Civil y Comercial para los contratos conexos en general.

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Cómo citar
Frustagli, S. A. (2023). La Protección al Consumidor en las Estructuras Negociales Contemporáneas: a Propósito de la Conexidad Contractual en los Contratos de Consumo. IUS ET VERITAS, (67), 189-202. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202302.010