La naturaleza del procedimiento de selección de contratistas y el carácter común de la Ley del Procedimiento Administrativo General
DOI:
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201801.004Parole chiave:
Procedimiento de Selección, Contrataciones con el Estado, Interoperabilidad, Procedimiento administrativo, Procedimiento comúnAbstract
La naturaleza especial del procedimiento de selección de contratistas y la jerarquía de fuentes de la Ley de Contrataciones del Estado han sido usadas como argumento para sustentar la inaplicación de la regla de interoperabilidad en el marco de dichos procedimientos. Estando en desacuerdo con dicha posición, sustentamos en el presentamos artículo que la naturaleza especial del procedimiento de selección no niega la aplicación del principio de informalismo que sustenta la regla de interoperabilidad.
Asimismo, sostenemos que el carácter común de la Ley del Procedimiento Administrativo General, en donde se consagra el principio de informalismo, obliga a una reinterpretación de la jerarquía de fuentes de la Ley de Contrataciones del Estado.
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