Algunos comentarios a las consecuencias tributarias derivadas del secondment transfronterizo de personal

Autores

  • Cesar López Saldaña Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Máster en Derecho Tributario Internacional en la Universidad de
    Florida, USA. Asociado Senior del Estudio Rubio, Leguía & Normand.

Palavras-chave:

Secondment, Tributario, Impuesto a la Renta, Doble Residencia, Asignación de Empleados

Resumo

El objetivo del presente artículo es analizar, desde un punto de vista tributario, algunos aspectos derivados del secondment, tales como la posible doble residencia de los empleados asignados, la aplicación del Impuesto a la Renta sobre los ingresos derivados del servicio personal dependiente a la luz del Modelo del Convenio para Evitar la Doble Imposición de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (“CDI OCDE”) y la posible constitución de un establecimiento permanente por la asignación de empleados al Estado de destino.

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Publicado

2016-02-07

Como Citar

López Saldaña, C. (2016). Algunos comentarios a las consecuencias tributarias derivadas del secondment transfronterizo de personal. IUS ET VERITAS, 24(52), 102–112. Recuperado de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/16373

Edição

Seção

Artículos