Sobre gorilas, compensaciones, cegueras y salarios: por qué el banco si puede disponer de mi cuenta de remuneraciones

  • Carlos Andrés Gómez Ramos Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría

    Abogado. Asociado de las áreas Financiera y Corporativo/M&A del Estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (Lima, Perú).
    Contacto: carlosandres.gomez@ppulegal.com

Palabras clave: ceguera por inatención, deber de idoneidad, compensación, débito automático, remuneraciones, Indecopi

Resumen

En el Perú, no existe un criterio claro y uniforme para resolver las controversias sobre cobros efectuados por parte de empresas del sistema financiero a las cuentas de remuneraciones de sus usuarios como medio de compensación por deudas. En los últimos diez años, distintas instancias del Indecopi y de la Corte Suprema de Justicia han emitido fallos contradictorios, evidenciando una falta de consenso sobre la legalidad o no de estos cobros.
Frente a este panorama, el autor plantea retratar cómo la fijación de los juristas en ciertos aspectos de estas controversias les ha generado una ceguera por inatención que los conduce a tomar como punto de partida premisas erróneas. El autor busca rectificar dicha equivocación. Para ello, analiza qué es el deber de idoneidad, la diferencia entre el concepto de compensación y de débito automático y, finalmente, el real carácter disponible de la remuneración. De este modo, trae a la luz los elementos asociados a los cobros efectuados por las instituciones del sistema financiero sobre las cuentas de los usuarios que las instituciones antes mencionadas ignoran.

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Cómo citar
Gómez Ramos, C. A. (2020). Sobre gorilas, compensaciones, cegueras y salarios: por qué el banco si puede disponer de mi cuenta de remuneraciones. THEMIS Revista De Derecho, (78), 443-456. https://doi.org/10.18800/themis.202002.023