Normas éticas

THĒMIS, revista de Derecho fundada y dirigida por estudiantes de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), posee como principal objetivo la promoción y difusión de la cultura jurídica a nivel nacional e internacional. De esta forma, se promueve la investigación académica y desarrollo del conocimiento jurídico. En este marco, todas las actividades realizadas se efectúan sobre la base de normas éticas que guían las buenas prácticas en la gestión de la revista.

1. Responsabilidades del Consejo Ejecutivo

1.1. Velar por el correcto cumplimento de los procesos editoriales

El Consejo Ejecutivo tiene la obligación de asegurar que todos los procesos editoriales sean llevados a cabo de forma justa, honesta, imparcial, transparente, ordenada y oportuna.

1.1.1. Evaluación de artículos postulados
La evaluación y selección de artículos para ser publicados debe conducirse de forma objetiva y sobre la base de la calidad del contenido del artículo, no debe tomarse en consideración cualquier criterio concerniente a la raza, género, orientación sexual, creencias religiosas o cualquier otra característica personal de los autores.

1.1.2. Revisión por pares
En el caso de la revisión por pares, el Consejo Ejecutivo se compromete a encontrar, como mínimo, dos árbitros externos e independientes que revisen el artículo. La selección de estos se hará en base a grado académico, experiencia en el área de conocimiento relevante y falta de vínculos que puedan afectar la objetividad e imparcialidad del proceso de arbitraje.
Además, se compromete a velar por garantizar el anonimato de los árbitros y el de los autores, en línea con el sistema de revisión a doble ciego.

1.1.3. Deber de información
El Consejo Ejecutivo debe informar oportunamente a los autores el resultado de los procesos de evaluación de sus postulaciones. Asimismo, tiene la obligación de informar a los coordinadores y asesores temáticos del estado de la edición en producción.

1.2. Confidencialidad
El Consejo Ejecutivo tiene el deber de resguardar la confidencialidad de los documentos y comunicaciones remitidas por los autores y otros colaboradores de la revista, salvo pacto en contrario. Excepcionalmente podrá compartir esta información con otras publicaciones con el fin de investigar una posible infracción a la ética de publicación. Queda prohibido para los miembros del Consejo Ejecutivo el uso del material no publicado en beneficio personal, de
grupo o institucional sin el consentimiento y aceptación expresa de los colaboradores respectivos.

1.3. Conflicto de intereses
Los miembros del Consejo Ejecutivo tienen la obligación de revelar cualquier potencial conflicto de intereses que pueda surgir en la evaluación de un artículo u otros procesos editoriales. Estos pueden ser de índole personal, política, profesional, institucional u otro. Deben recusarse de evaluar un artículo aquellos editores que hayan colaborado en la elaboración del mismo o que mantengan un vínculo cercano con el autor.

1.4. Honestidad y transparencia
Los miembros del Consejo Ejecutivo deben actuar de buena fe en el cumplimiento de todas sus labores. Tienen la obligación de respetar los criterios de originalidad en la elaboración de sus comunicaciones y documentos institucionales. En ese sentido, el Consejo Ejecutivo debe presentar, de forma oportuna y transparente, los procesos editoriales que siguen.

1.5. Vigilancia de las ediciones anteriores
El Consejo Ejecutivo debe resguardar la integridad de las ediciones anteriores mediante la revisión e investigación de posibles o reportados casos de infracciones éticas. Para ello, debe guiarse y actuar siguiendo, en la medida de lo posible, los flujogramas pertinentes del Committee on Publication Ethics (COPE). De ser necesario, se publicarán las correcciones, clarificaciones, retractaciones y disculpas correspondientes.

2. Responsabilidades del Autor

2.1. Originalidad y reconocimiento de fuentes
La investigación académica presentada por el autor debe poseer la condición de original. Al postular un artículo para su consideración a ser publicada, el autor se compromete a que el trabajo remitido no ha sido publicado digital ni físicamente en algún medio con anterioridad. 
Asimismo, el autor deberá informar, a fin de ayudar al juicio valorativo, de cualesquiera anteriores remisiones (culminadas) del texto propuesto a otras publicaciones, sin necesidad de señalarnos los contextos u observaciones realizadas en dichas oportunidades. De esta forma, THĒMIS-Revista de Derecho tomará las siguientes consideraciones en relación a estos conceptos:

2.1.1 Plagio
El plagio es una copia o mal citado voluntario o involuntario del contenido de un tercero. En caso de detectarse plagio total o parcial en un artículo postulado, la investigación no será considerada.

2.1.2. Publicación doble o carácter inédito del texto
No se considerará postulación de un texto que haya sido publicado en algún otro medio.
Inclusive, en revistas anteriores de THĒMIS-Revista de Derecho.

2.1.3 Autoplagio
El autoplagio es una copia o mal citado voluntario o involuntario del contenido del autor desarrollado en otro trabajo. En caso de detectarse autoplagio en un artículo postulado, la investigación no será considerada. Ahora, en caso el trabajo utilice contenido de su autoría, debe encontrarse debidamente citado. Asimismo, si el trabajo es el producto y/o avance de un working paper académico de su autoría, se debe indicar al inicio del artículo postulado.

2.2. Postulación doble o carácter inédito del texto
El autor se compromete a que, al momento de presentar su artículo a postulación, este mismo no se encuentra bajo evaluación para su publicación en otra revista o libro (condición de inédito). El Consejo se arroga la posibilidad de decidir la publicación del artículo en nuestra revista en este segundo supuesto.

2.3. Sobre las imágenes presentadas
El autor puede presentar diversas imágenes que considere necesarias, para el desarrollo de su artículo; siempre que las mismas sean pertinentes y se especifique si son de su propia autoría o se cite la fuente de donde se implementan.

2.4. Autorización de postulación en coautoría
En caso el texto postulado se encuentre realizado por más de un autor (coautoría), el Consejo Ejecutivo entiende que, la persona que postula el trabajo cuenta con la autorización de todos los autores del mismo.

2.5. Conflictos de autoría
En el supuesto de que se presente algún inconveniente o disputa en la determinación de la autoría de un texto postulado o publicado, el Consejo Ejecutivo guiará su proceder según las recomendaciones de los flujogramas pertinentes del COPE.

2.6. Conflicto de interés
Los autores deben declarar cualquier colaboración financiera o personal que hayan recibido por parte de entidades o personas naturales en la elaboración de su trabajo.

2.7. Responsabilidad en relación al contenido
Los autores son responsables del contenido presentado en sus trabajos, tanto publicados como postulados. Asimismo, se asume que el contenido presentado por el autor se realizó de buena fe y sin ánimo de perjudicar o beneficiar a una entidad en específico, a menos que se verifique lo contrario.

2.8. Sobre la revisión del estado de su trabajo postulado
THĒMIS-Revista de Derecho, a lo largo del proceso de corrección y acondicionamiento de formato editorial, le remite al autor del trabajo diversas versiones del mismo (las cuales no varían en contenido, sino en forma y estilo académico). Así, es deber del autor verificar y aprobar dichas modificaciones. De esta forma, el autor autoriza dichos cambios una vez remita el texto aprobado al Consejo Ejecutivo, para su posterior publicación.

2.9. Autorización de la publicación
Cuando el autor otorga su autorización para la publicación de su artículo en la Revista, mediante la firma de la “Carta de Publicación”, reconoce los derechos patrimoniales exclusivos que sobre él tenga la Asociación THĒMIS para su distribución y difusión. Por tanto, es deber de los autores solicitar el permiso de THĒMIS en caso deseen volver a publicar su artículo en otro medio. Queda prohibido para los autores lucrar con la distribución del artículo sin la autorización de THĒMIS, puesto que los derechos por la diagramación e impresión le pertenecen exclusiva y excluyentemente a ella.

3. Responsabilidades de otros colaboradores del proceso editorial

3.1. De los revisores académicos

Los revisores académicos o árbitros del proceso de revisión por pares poseen las siguientes responsabilidades y prerrogativas:
3.1.1. Confidencialidad
Los revisores académicos deben tratar todo el material que se les envíe de modo confidencial. No está permitido que discutan, comenten o compartan la información del artículo con terceros o que contacten a los autores sin la autorización expresa del Consejo Ejecutivo. En adición, tienen prohibido el uso de las ideas, argumentos o información contenida en el material encomendado, mientras este no haya sido publicado, salvo que tengan la autorización del autor.

3.1.2. Objetividad y conflictos de interés
Los revisores académicos o árbitros deben evaluar los artículos sobre la base de criterios objetivos, excluyendo cualquier prejuicio personal. Si tuviesen algún conflicto de interés, relacionado al autor o al tema del material remitido, deberán comunicarselo al Consejo Ejecutivo y recusarse de revisar el material.

3.1.3. Tiempo de revisión
Los revisores académicos se comprometen a cumplir con los plazos establecidos por el Consejo Ejecutivo cuando aceptan formar parte del proceso de revisión. Excepcionalmente, podrán solicitar una prórroga, cuya autorización será evaluada por el Consejo Ejecutivo.

3.2. Sobre los coordinadores y asesores temáticos

3.2.1. Coordinadores
La figura de coordinador temático comprende la asesoría principal continua en temas relacionados a la correcta elaboración de la edición de la revista correspondiente a su cargo; tales como la selección e invitación de autores, colaboración con las “alianzas estratégicas” que realice THĒMIS-Revista de Derecho con otras entidades, elaboración del evento de presentación, entre otras actividades que comprendan la elaboración de cada edición de la
revista.

3.2.2. Asesores temáticos
La figura de asesor temático comprende la asesoría continua en temas relacionados a la correcta elaboración de la edición de la revista correspondiente a su cargo; tales como la selección e invitación de autores, evaluación de tópicos para la revista, guía en la pertinencia temática de los textos postulados, realización del evento de presentación, entre otras actividades que comprendan la elaboración de cada edición de la revista.

3.2.3 Prerrogativas y responsabilidades
Los coordinadores y asesores temáticos poseen las siguientes responsabilidades y prerrogativas:

3.2.3.1. Confidencialidad: Toda la información brindada posee el carácter de
confidencialidad y se prohíbe su difusión sin consentimiento de THĒMIS-Revista de Derecho.

3.2.3.2. Imparcialidad: Deben ser imparciales en el asesoramiento en la elaboración de la revista, en relación a la pertinencia temática de los artículos postulados.

3.2.3.3. Información: Pueden solicitar, a fin de poder realizar su colaboración en la revista, información sobre el estado de la misma siempre y cuando esta misma sea susceptible de ser brindada.

THĒMIS-Revista de Derecho se guía por los estándares internacionales de gestión y publicación científica. De esta forma, la elaboración del presente Código de Ética se ha guiado por los preceptos comprendidos en el Committee on Publication Ethics (COPE) y el Ethical Guidelines for Journal Publication (ELSEVIER, 2017). Además, para la elaboración de las presentes normas se consultaron las normas éticas de la Revista Chilena de Literatura, el manual de Academic Good Practice de Oxford y el manual de normas éticas de la Revista Chilena de Derecho.