Redimensionando la propiedad en el Perú
Resumen
En el presente artículo, el autor plantea expandir el concepto que se tiene actualmente del derecho de propiedad en la Constitución. En concreto, propone proteger el derecho de posesión que mantienen comunidades sobre viviendas informales como parte del derecho constitucional de propiedad. Este derecho de posesión, como plantea el autor, consiste en el control fáctico sobre el predio y el reconocimiento de este control por parte de la comunidad a la que pertenece el individuo.
La reflexión confronta dos realidades –en apariencia– contradictorias. Por un lado, solo poco más del 50% de las viviendas en el Perú cuentan con un título legal de propiedad. Por otro, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha indicado en repetidas ocasiones que el derecho de posesión no forma parte del contenido constitucionalmente protegido del derecho de propiedad.
Es decir, casi la mitad de los peruanos ocupa sus viviendas en base a posesión, pero este control sobre el predio no tendría una protección constitucional.
Como repasa el autor, la propiedad informal queda excluida no solo de un reconocimiento constitucional, sino, en general, de lo que se estudia como parte del derecho civil sobre bienes: los derechos reales. Los principales trabajos que se han realizado sobre propiedad informal han sido impulsados por antropólogos, como José Matos Mar, o economistas, como Hernando de Soto. Sobre sus investigaciones se han legislado diversos instrumentos para implementar políticas públicas de titulización, transformando la propiedad informal en propiedad legal. No obstante, si consideramos el porcentaje de propiedad informal que hoy existe en el Perú, parecería que estas iniciativas no han cumplido del todo con su objetivo.
El autor plantea la necesidad de entender la propiedad informal también desde el derecho sobre bienes, como un potencial complemento a las iniciativas antes indicadas.