La ignorancia deliberada en la fórmula legislativa “debía presumir” en el delito de lavado de activos en el Perú
Resumen
El presente artículo examina la figura de la ignorancia deliberada en el ámbito penal y su aplicabilidad en el delito de lavado de activos en el Perú, particularmente en relación con la fórmula legislativa ‘debía presumir’. A través del análisis del dolo y sus distintas manifestaciones, se exploran las tensiones doctrinales entre la concepción clásica del dolo y la posibilidad de imputar responsabilidad penal a sujetos que, sin un conocimiento directo de la ilicitud de su conducta, han decidido mantenerse en un estado de ignorancia intencional.
Se estudian antecedentes jurisprudenciales y doctrinales, tanto en el derecho comparado como en el nacional, para determinar si la ignorancia deliberada puede ser equiparada al dolo eventual y, en consecuencia, utilizada como criterio de atribución subjetiva en el marco del delito de lavado de activos. En particular, se analiza cómo la ausencia de una definición expresa del dolo en el Código Penal peruano permite una interpretación flexible que podría admitir la ignorancia deliberada como una forma de imputación penal.
El artículo concluye que la aplicación de la ignorancia deliberada no debe basarse en la exigencia de un conocimiento efectivo del ilícito, sino en el compromiso de conocer que el sujeto ha evitado de manera consciente.
De este modo, se plantea que la incorporación de esta figura en la interpretación del tipo penal contribuiría a fortalecer la persecución del lavado de activos, evitando que los agentes se beneficien de un desconocimiento fingido como estrategia de impunidad.