¿Es posible la admisión de medios probatorios y/o argumentos luego del cierre de los requerimientos? Breves notas con motivo de la aplicación del reglamento del procedimiento de fiscalización tributaria
Palabras clave:
Fiscalización tributaria, derecho de defensa, admisión de medios probatorios, preclusión de etapa probatoria, principio de verdad material
Resumen
El principio de verdad material tiene por finalidad arribar a la certeza de los hechos para poder emitir un pronunciamiento lo más cercano posible a la realidad. Está vinculado con los plazos de preclusión que, en nuestro CódigoTributario, sólo están establecidos como plazos mínimos para que el deudor tributario cumpla con lo solicitado por la administración, sin señalar un plazo máximo. El autor explica cómo los plazos para presentarlos documentos deben ser fijados según el interés del administrado y no en perjuicio de éste; mientras no concluya el procedimiento administrativo de fiscalización por el período y ejercicio fiscal correspondiente, el deudor tributario se encuentra plenamente facultado para ofrecer la información y los argumentos que sustenten sus descargos, pudiendo levantar de ese modo que los reparos que se le han formulado.Descargas
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Cómo citar
Bardales Castro, P. (2013). ¿Es posible la admisión de medios probatorios y/o argumentos luego del cierre de los requerimientos? Breves notas con motivo de la aplicación del reglamento del procedimiento de fiscalización tributaria. THEMIS Revista De Derecho, (64), 37-49. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/9535
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