El nomen juris en relación con las causales de invalidez de negocio jurídico
DOI:
https://doi.org/10.18800/derechopucp.197401.012Palabras clave:
Invalidez del Negocio Jurídico, Causales de Invalidez, Ineficacia, Derecho y Lenguaje, Precisión Terminológica, Terminología Jurídica, Nomen Juris, Derecho CivilResumen
El presente artículo explora de manera detallada la relación entre el nomen juris y las causales de invalidez en los negocios jurídicos, destacando la importancia de la precisión y detalle en la terminología jurídica. En relación a los negocios jurídicos, el autor señala que algunos de estos pueden resultar ineficaces debido a deficiencias en su celebración, la falta de requisitos necesarios, la incapacidad de las partes, el objeto físicamente imposible, entre otros defectos legales congénitos o causas sobrevinientes. En esa línea, desarrolla diversos términos, como la nulidad, anulación, impugnación, rescisión, revocación, disolución y resolución. Tomando en consideración las distintas denominaciones que existen, el autor concluye haciendo énfasis en la importancia de la precisión en la terminología jurídica con la finalidad de reflejar con exactitud los conceptos legales para evitar confusiones y tensiones entre el campo del derecho y el lenguaje.
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Citas
Henkel, H. (1968). Introducción a la Filosofía del Derecho. Madrid: Taurus.
Miranda, P. de (1955). Tratado de Direito Privado. Parte Geral. Tomo V: Eficácia jurídica. Determinações inexas e anexas. Direitos. Pretensões. Ações. Rio de Janeiro: Borsoi.
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