Una mirada desde el Derecho de Familia y Sucesorio, a propósito del derecho de habitación del cónyuge supérstite o si fuere el caso del sobreviviente de la unión de hecho

  • Benjamín Aguilar Llanos Pontificia Universidad Católica del Perú
    Bachiller en derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Palabras clave: Familia, Muerte, Derecho Sucesorio, Unión de Hecho, Patrimonio Familiar

Resumen

El presente artículo versa sobre el patrimonio familiar y como un hecho natural como la muerte no culmina las relaciones jurídicas que han dado lugar al patrimonio que formó, sino que ésta trasciende al sujeto, y por ello el Derecho regula la transmisión de los bienes derechos y obligaciones de la persona fallecida a favor de los que resulten sus sucesores. Es decir, la muerte genera consecuencias jurídicas.

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Cómo citar
Aguilar Llanos, B. (2015). Una mirada desde el Derecho de Familia y Sucesorio, a propósito del derecho de habitación del cónyuge supérstite o si fuere el caso del sobreviviente de la unión de hecho. IUS ET VERITAS, 24(51), 102-115. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/15654