¿Existen en Chile procedimientos administrativos que presentan, también, una naturaleza jurisdiccional?
DOI:
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201102.011Palabras clave:
Órganos administrativos, Función jurisdiccionalResumen
Las funciones administrativas y jurisdiccionales no son identificables en modo alguno. Los órganos del administración actúan por regulaciones administrativas que no tienen, al mismo tiempo, una naturaleza jurisdiccional. Ello, sin embargo, no excluye la posibilidad de que, en casos muy excepcionales, ciertos órganos administrativos ejerzan jurisdicción, pero entonces la función es ejercida conforme a reglas jurisdiccionales que no son administrativas.
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