La interpretación prejudicial 242-IP-2015 del Tribunal Andino. Sobre la legitimidad activa de las autoridades administrativas para solicitar interpretación prejudicial y la aplicación de los requisitos de registrabilidad a las marcas táctiles o de textura

  • Juan Manuel Indacochea Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

    Ex Consultor interno de la Magistratura del Estado Plurinacional de Bolivia en el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA). Colaborador de la Magistratura de la República del Perú en el TJCA. Abogado por la PUCP. Máster en Derecho Internacional por la Universidad de Nanterre (Paris X). Máster en Derecho de la Propiedad Intelectual y Comercio por la Universidad de Estrasburgo (CEIPI).

Palabras clave: Funcionalidad, Juez Nacional, Marca Táctil, Principio de Autonomía, Derecho Comunitario, Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

Resumen

El 24 de agosto de 2015, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina emitió la interpretación prejudicial recaída en el Proceso 242-IP-2015(2), sobre la marca táctil o de textura consistente en la superficie de la botella de whisky Old Parr, la cual constituye el primer pronunciamiento de un tribunal o corte internacional referido a una marca táctil o de textura. El presente estudio analiza la aplicación de los principales requisitos de registrabilidad a este nuevo tipo de marca, a la luz de los alcances expresados en el citado pronunciamiento; así como el desarrollo jurisprudencial previo, relativo a la legitimidad activa de las autoridades administrativas para solicitar interpretaciones prejudiciales facultativas, primer tema o cuestión prejudicial desarrollada en la precitada interpretación prejudicial, en virtud de haber sido solicitada por la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio de la República de Colombia.

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Cómo citar
Indacochea, J. M. (2018). La interpretación prejudicial 242-IP-2015 del Tribunal Andino. Sobre la legitimidad activa de las autoridades administrativas para solicitar interpretación prejudicial y la aplicación de los requisitos de registrabilidad a las marcas táctiles o de textura. IUS ET VERITAS, (56), 106-129. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201801.007