El rol del delegado de protección de datos en Europa tras la aprobación del Reglamento UE de Inteligencia Artificial

Autores

  • Rubén Martínez Gutiérrez Universidad de Alicante (San Vicente del Raspeig, España) https://orcid.org/0000-0001-6667-1120

    Abogado por la Universidad de Alicante (San Vicente del Raspeig, España). Doctor Europeo por la Universidad de Alicante. Delegado de Protección de Datos y Catedrático de Derecho de Administrativo de la Universidad de Alicante.
    Correo electrónico: ruben.martinez@ua.es.

DOI:

https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202502.004

Palavras-chave:

Delegado de Protección de Datos, Rol, Funciones, Datos, Interoperabilidad, Inteligencia Artificial, Derecho Administrativo, España

Resumo

Las personas Delegadas de Protección de Datos en la Unión Europea se encuentran en un momento de cambio creciente en cuanto a su estatuto jurídico y funciones, derivado de las nuevas normas en materia de datos, interoperabilidad e Inteligencia Artificial. Estos cambios afectan de forma especial al sector público, lo que será analizado específicamente en este trabajo. En este artículo se analizan las funciones esenciales de las personas DPDs derivadas de la normativa de protección de datos, y también aquellas que se prevén adicionar como consecuencia del nuevo marco normativo de la UE, con especial interés en la supervisión de sandboxes y en las evaluaciones de impacto en materia de derechos fundamentales en Inteligencia Artificial.

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Publicado

2026-03-10

Como Citar

Martínez Gutiérrez, R. (2026). El rol del delegado de protección de datos en Europa tras la aprobación del Reglamento UE de Inteligencia Artificial. IUS ET VERITAS, (71), 1–16. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202502.004