La remuneración en garantía

  • Martín Mejorada Chauca Rodrigo, Elías & Medrano Abogados
    Abogado. Magíster en Derecho Civil por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Profesor de Derechos Reales y Garantías en la PUCP. Ex Vocal del Tribunal de la Propiedad de la Comisión de Formalización de la Propiedad Intelectual. Socio de Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.
Palabras clave: Remuneración, derechos del trabajador, derechos reales, crédito, Ley de Garantía Mobiliaria

Resumen

El crédito es un activo del acreedor que puede ser transferido, permitiéndose, incluso, que se constituya garantía sobre el mismo. Ahora bien, pese a que la remuneración quepercibe el trabajador también es un crédito, la Ley de Garantía Mobiliaria la ha excluido expresamente de las posibilidades de garantía, limitando el derecho de propiedad del trabajador y perjudicándolo económicamente. ¿Es esto correcto?
En el presente artículo, el autor desarrolla la respuesta a dicha interrogante, mediante una interpretación sistemática de la normativa peruana y la figura del crédito como objeto de garantía mobiliaria.

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Cómo citar
Mejorada Chauca, M. (2014). La remuneración en garantía. THEMIS Revista De Derecho, (65), 269-278. Recuperado a partir de https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/10873