El régimen sucesorio de las acciones

  • Guillermo Auler Soto Pontificia Universidad Católica del Perú

    Abogado. Máster of Laws por la Universidad de Duke. Profesor en la Maestría de Derecho de la Empresa de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) (Lima, Perú) y de la Universidad de Lima (Lima, Perú). Socio Consejero en Santiváñ ez Abogados.
    Contacto: gauler@pucp.edu.pe

Palabras clave: Acciones, Herederos, Etapas, Nuevos accionistas, Sociedades

Resumen

El presente artículo tiene como objetivo que el lector pueda comprender cómo se desarrolla la transferencia de acciones en las sociedades –especialmente la Sociedad Anónima– una vez que el propietario original ha fallecido, es decir, la transferencia de acciones en el régimen sucesorio; así como los diferentes problemas y riesgos que pueden darse debido a la falta de regulación en materia mercantil sobre esta figura específica.
Para el análisis, se hace alusión a las diferentes etapas de la transferencia y a otras normativas que complementan las soluciones legales frente a estos casos. Así, se analizan el Código Civil y las diversas resoluciones en materia registral, con la finalidad de conocer el momento en el que los herederos pueden llamarse efectivamente propietarios de las acciones que les corresponden; este proceso pasa por conocer a los herederos de la masa hereditaria del causante y, posteriormente, por la división y partición de la copropiedad que surge sobre las acciones.

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Cómo citar
Auler Soto, G. (2023). El régimen sucesorio de las acciones. THEMIS Revista De Derecho, (84), 69-84. https://doi.org/10.18800/themis.202302.004