¿Es posible la admisión de medios probatorios y/o argumentos luego del cierre de los requerimientos? Breves notas con motivo de la aplicación del reglamento del procedimiento de fiscalización tributaria

Autori

  • Percy Bardales Castro Ernst & Young (EY)
    Abogado. Gerente senior de Ernst & Young (EY) Perú.

Parole chiave:

Fiscalización tributaria, derecho de defensa, admisión de medios probatorios, preclusión de etapa probatoria, principio de verdad material

Abstract

El principio de verdad material tiene por finalidad arribar a la certeza de los hechos para poder emitir un pronunciamiento lo más cercano posible a la realidad. Está vinculado con los plazos de preclusión que, en nuestro CódigoTributario, sólo están establecidos como plazos mínimos para que el deudor tributario cumpla con lo solicitado por la administración, sin señalar un plazo máximo. El autor explica cómo los plazos para presentarlos documentos deben ser fijados según el interés del administrado y no en perjuicio de éste; mientras no concluya el procedimiento administrativo de fiscalización por el período y ejercicio fiscal correspondiente, el deudor tributario se encuentra plenamente facultado para ofrecer la información y los argumentos que sustenten sus descargos, pudiendo levantar de ese modo que los reparos que se le han formulado.

Downloads

I dati di download non sono ancora disponibili.

##submission.downloads##

Pubblicato

2013-07-21

Come citare

Bardales Castro, P. (2013). ¿Es posible la admisión de medios probatorios y/o argumentos luego del cierre de los requerimientos? Breves notas con motivo de la aplicación del reglamento del procedimiento de fiscalización tributaria. THEMIS Revista De Derecho, (64), 37–49. Recuperato da https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/9535

Fascicolo

Sezione

Derecho Tributario