La asignación de servicios en los contratos de consorcios sin contabilidad independiente y su inafectación según la legislación del Impuesto General a las Ventas

Autores

  • Gonzalo Alonso Escalante Alpaca Universidad Católica San Pablo

    Abogado. Profesor de Derecho Tributario en la Universidad Católica San Pablo, Arequipa, Perú. Asociado sénior y jefe del área tributaria de Zegarra-Aguilar & Delgado Zegarra-Ballón Abogados.

    Contacto: gescalante@zegarralaw.com

DOI:

https://doi.org/10.18800/themis.201902.019

Palavras-chave:

impuesto general a las ventas, consorcio, operador del contrato, inafectación, servicios

Resumo

La inafectación se configura como una institución legal mediante la cual se exime de cualquier imputación de carga fiscal a los hechos económicos que no se encuentran subsumidos dentro de la hipótesis de incidencia tributaria.

Este artículo analiza la configuración del supuesto de inafectación prevista en el inciso n) del artículo 2 de la Ley del Impuesto General a las Ventas en lo relacionado a la asignación de servicios dentro de un contrato de consorcio sin contabilidad independiente en el cual uno de los consorciados ejerce la función de operador.

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Publicado

2019-08-31

Como Citar

Escalante Alpaca, G. A. (2019). La asignación de servicios en los contratos de consorcios sin contabilidad independiente y su inafectación según la legislación del Impuesto General a las Ventas. THEMIS Revista De Derecho, (76), 291–300. https://doi.org/10.18800/themis.201902.019

Edição

Seção

Impuesto general a las ventas