El orden público como límite a la patentabilidad sobre invenciones y modelos de utilidad: el caso de las patentes sobre armas de destrucción masiva y tecnologías de doble uso
DOI:
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202502.018Palavras-chave:
Derecho de Patentes, Orden Público, Moralidad, Armas de Destrucción Masiva, Tecnologías de Doble Uso, Derecho de la Propiedad Intelectual, ColombiaResumo
El objetivo de este artículo es analizar cómo se aplica la prohibición de patentar invenciones cuya explotación comercial atente contra el orden público, en el contexto de las armas de destrucción masiva y las tecnologías de doble uso. La metodología empleada es cualitativa, combinando un análisis jurídico doctrinal y comparado con una revisión sistemática de la literatura académica en derecho, seguridad y tecnología. Los resultados revelan un consenso global para la exclusión de armas de destrucción masiva, pero con mecanismos heterogéneos en jurisdicciones clave: la Unión Europea utiliza una cláusula explícita de “orden público”; Estados Unidos recurre a la doctrina de la “utilidad moral” y a órdenes de secreto por seguridad nacional; y China combina una exclusión por “interés público” con un sistema de patentes de defensa. La conclusión principal es que el desafío contemporáneo no radica en las armas de destrucción masiva tradicionales, sino en las tecnologías emergentes de doble uso y los sistemas de armas autónomos, que desdibujan la línea entre lo civil y lo militar, poniendo a prueba la eficacia de los marcos legales existentes.
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